El Técnico en Mediación Comunicativa desempeña sus funciones en cualquier estructura u organización de carácter público o privado que gestione o preste servicios a personas sordas, sordociegas, con discapacidad auditiva y, en general, con dificultades de comunicación, lenguaje y habla, así como en cualquier otro contexto en el que tengan presencia estos colectivos. Se integra en equipos interdisciplinares junto a otros u otras profesionales del mismo nivel o superior.
Son, por tanto, los sectores en los que ejerce su actividad los siguientes:
- Sector de los servicios a las personas sordas, sordociegas, con discapacidad auditiva y con dificultades de comunicación que sean usuarias de la lengua de signos española. Estos servicios recogen los ámbitos asistenciales, educativos, sociolaborales, psicosociales y de apoyo en las gestiones básicas.
- Sector de los servicios a la comunidad, en los ámbitos de la dinamización comunitaria y en la promoción de igualdad de oportunidades con estos colectivos de personas.
Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes que va a poder ocupar son los siguientes:
– Agente de desarrollo de la comunidad sorda.
– Técnico en promoción, atención y formación a personas sordas.
– Agente dinamizador de la comunidad sorda.
– Mediador social de la comunidad sorda.
– Agente de desarrollo de la comunidad sordociega.
– Agente dinamizador de la comunidad sordociega.
– Mediador de personas sordociegas.
– Asistente de personas sordociegas.
– Mediador de personas con dificultades de comunicación.
Para que el técnico pueda llevar a cabo su labor, la competencia general de este título consiste en desarrollar intervenciones de mediación comunicativa para personas sordas, sordociegas y con discapacidad auditiva, que sean usuarias de la lengua de signos española, o con dificultades de comunicación, lenguaje y habla; así como programas de promoción, de las personas sordas y sordociegas usuarias de la lengua de signos española, y de sensibilización social, respetando la idiosincrasia de las personas usuarias.
Además, la formación en la Lengua de Signos Española exigida para su ejercicio profesional debe corresponderse con el Nivel de Usuario Independiente B2, de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: Aprendizaje, Enseñanza y Evaluación.
Así, el ciclo formativo se desarrollará a lo largo de dos cursos académicos y tendrá una duración total de 2000 horas, incluyendo el módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT).
Los módulos son los siguientes:

El primer curso académico se desarrollará íntegramente en el centro educativo y, para poder cursar el segundo curso, será necesario haber superado los módulos profesionales que supongan en su conjunto, al menos, el ochenta por ciento de las horas del primer curso.
Con carácter general, durante el tercer trimestre del segundo curso, y una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo, se desarrollará el módulo profesional de formación en centros de trabajo dirigido y supervisado por un tutor.
Por su parte, el módulo profesional de proyecto tiene un carácter interdisciplinar e incorpora las variables tecnológicas y organizativas relacionadas con los aspectos esenciales de la competencia profesional del título de Técnico Superior en Mediación Comunicativa. Se desarrollará durante el mismo período que el módulo profesional de formación en centros de trabajo.
De esta forma, el currículo y la organización del ciclo formativo va enfocado a capacitar al futuro técnico para que pueda llevar a cabo intervenciones de mediación comunicativa, partiendo del diseño, implementación, desarrollo y evaluación de proyectos y programas de comunicación, educación, formación e integración social de personas con dificultades de comunicación, lenguaje y habla, fomentando en todas ellas la igualdad de oportunidades y la perspectiva de género, así como respetando la normativa legal vigente.
Gracias a su intervención el técnico va a asesorar y sensibilizar a la comunidad utilizando medios de comunicación social, va a promover la comunicación de las personas con dificultades de comunicación, lenguaje y habla, seleccionando sistemas alternativos y aumentativos y medios de apoyo de comunicación oral o bien haciendo de intermediario entre las personas usuarias de la lengua de signos y las oyentes, va a promover la autonomía en la realización de gestiones básicas y va a realizar el acompañamiento a las personas sordociegas.

Con estas acciones va a prevenir y paliar situaciones de aislamiento comunicativo en las personas sordas, sordociegas y con discapacidad auditiva y dificultades de comunicación.
Todas sus intervenciones partirán de un análisis de la realidad que ofrecerá al técnico la información necesaria para detectar necesidades y poner en marcha su acción en base a ellas, a los recursos disponibles y teniendo en cuenta la perspectiva de género. Así mismo, concluirán con una evaluación del proceso y de los resultados obtenidos, cuya finalidad será la mejora continua mediante la corrección de las desviaciones detectadas para la aplicación de procesos de calidad. La gestión de la calidad pasa por garantizar la accesibilidad universal y de diseño para todos además de por dar respuesta a posibles solicitudes, sugerencias y reclamaciones.
Para llevar a cabo su labor:
- Coordinará las actuaciones de otros profesionales, supervisará la realización de las actividades con criterios de calidad y facilitará el trabajo en equipo, organizando y coordinando equipos de trabajo con responsabilidad, supervisando el desarrollo del mismo, manteniendo relaciones fluidas y asumiendo el liderazgo, así como aportando soluciones a los conflictos grupales que se presenten. Las relaciones con las personas usuarias y sus familias serán también fluidas y mostrará habilidades sociales y aportará soluciones a los conflictos que surjan.
- Se comunicará con sus iguales, superiores, clientes y personas bajo su responsabilidad, utilizando vías eficaces de comunicación, transmitiendo la información o conocimientos adecuados y respetando la autonomía y competencia de las personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.
- Se adaptará a las nuevas situaciones laborales, manteniendo actualizados sus conocimientos científicos, técnicos y tecnológicos relativos a su entorno profesional, gestionando su formación y los recursos existentes en el aprendizaje a lo largo de la vida y utilizando las tecnologías de la información y la comunicación.
- Resolverá situaciones, problemas o contingencias con iniciativa y autonomía en el ámbito de su competencia, con creatividad, innovación y espíritu de mejora en el trabajo personal y en el de los miembros del equipo.
- Ejercerá sus derechos y cumplirá con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.
- Generará entornos seguros en el desarrollo de su trabajo y el de su equipo, supervisando y aplicando los procedimientos de prevención de riesgos laborales y ambientales, de acuerdo con lo establecido por la normativa y los objetivos de la empresa, y los protocolos de prevención y protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo. De igual forma, aplicará los protocolos establecidos en materia de primeros auxilios en situaciones de accidente o emergencia.
El técnico podrá poner en marcha y gestionar una empresa con sentido de la responsabilidad social.
La prospección del título viene dada por un lado, por la evolución social en el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad o con dificultades de comunicación, lenguaje y habla, que se ha visto reflejada en la normativa vigente:
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. En la disposición adicional decimoquinta establece que los servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) se ofrecerán con garantía de accesibilidad y supresión de barreras.
Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral. En su preámbulo reconoce la importancia de la accesibilidad al entorno físico, social, económico y cultural y a la educación y a la información y a las comunicaciones, atendiendo a las necesidades específicas de cada grupo para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y libertades.
Y por otro lado viene dada por la mayor participación social de las personas con dificultades de comunicación, lenguaje y habla, lo que hace necesario una figura profesional que posibilite su integración en todos los ámbitos de la vida, siendo por ejemplo, mediadores, intérpretes de lengua de signos y guías-intérpretes.
Para ampliar información sobre las características generales del título y el desarrollo de su currículo puedes consultar:
El Real Decreto 831/2014, de 3 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Mediación Comunicativa y se fijan sus enseñanzas mínimas.
La Orden ECD/1542/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mediación comunicativa.
La legislación particular de cada comunidad autónoma. Como ejemplo, en el caso de Madrid tendrías que consultar el DECRETO 182/2015, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el Plan de Estudios del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mediación Comunicativa.